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Cumplimiento Normativo en Colombia: Guía Práctica sobre SAGRILAFT, PTEE y Reporte 58

Escrito por: Catalina Lozano | Fecha de publicación: 12 de febrero de 2025

Todo lo que las empresas deben saber sobre los requerimientos regulatorios y las sanciones por incumplimiento

El cumplimiento normativo en Colombia se ha convertido en un eje fundamental para la transparencia y la gestión de riesgos en las empresas. Dentro de este contexto, los sistemas SAGRILAFT (Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo), el PTEE (Programa de Transparencia y Ética Empresarial) y el Reporte 58 han sido establecidos como mecanismos obligatorios para prevenir delitos financieros y garantizar una cultura ética en el sector corporativo.

Este artículo recoge los principales puntos abordados en el reciente webinar sobre cumplimiento normativo, destacando la importancia de estos requerimientos, las empresas obligadas a cumplirlos y las implicaciones legales de su incumplimiento.

¿Qué es el Reporte 58 y quiénes deben presentarlo?

El Reporte 58 es un documento obligatorio que las empresas supervisadas por la Superintendencia de Sociedades deben presentar para registrar información sobre su oficial de cumplimiento. Este reporte no contiene información financiera, sino los datos de la persona designada para velar por el cumplimiento de los sistemas de prevención de riesgos en la organización.

Este reporte debe presentarse en un plazo máximo de 15 días hábiles luego de la designación del oficial de cumplimiento. Además, si la empresa requiere un oficial de cumplimiento suplente, esta información también debe incluirse en el reporte.

Entre las empresas obligadas a presentar el Reporte 58 se encuentran aquellas que:

Cumplen con los umbrales de ingresos o activos establecidos en la normativa.

Pertenecen a sectores de riesgo especial, como bienes raíces, metales preciosos, servicios jurídicos, contabilidad, construcción e ingeniería civil.

Operan en el ámbito de servicios virtuales y han realizado transacciones por montos superiores a los 100,000 SMMLV en el año inmediatamente anterior.

Si la empresa ya tiene un oficial de cumplimiento registrado y no ha cambiado, no es necesario volver a presentar el Reporte 58. En su lugar, deberá enviar anualmente el Reporte 75, que contiene información actualizada sobre la implementación del sistema.

SAGRILAFT y PTEE: Obligaciones Claves para las Empresas

1. SAGRILAFT (Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de LA/FT)

El SAGRILAFT es obligatorio para empresas que:

Tienen ingresos o activos superiores a 40,000 SMMLV al 31 de diciembre del año anterior.

Pertenecen a sectores con alto riesgo de lavado de activos, como bienes raíces, comercio de metales preciosos y servicios financieros.

Requisitos para su implementación:

✔️ Designación de un oficial de cumplimiento.

✔️ Creación de políticas de debida diligencia.

✔️ Reportes periódicos a la Superintendencia de Sociedades.

✔️ Identificación y mitigación de riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

2. PTEE (Programa de Transparencia y Ética Empresarial)

El PTEE busca prevenir la corrupción y promover la ética en los negocios. Es obligatorio para empresas que:

Tienen ingresos o activos superiores a 30,000 SMMLV.

Celebran contratos con el Estado por más de 500,000 SMMLV.

Pertenecen a sectores como el farmacéutico, energía, tecnología, automotriz y contabilidad.

Elementos clave del PTEE:

✔️ Políticas de prevención de sobornos y corrupción.

✔️ Implementación de mecanismos de denuncia.

✔️ Capacitación en ética empresarial.

✔️ Monitoreo y evaluación de riesgos de corrupción.

Procedimiento para la Presentación del Reporte 58

Para cumplir con la normativa, las empresas deben seguir estos pasos:

Descargar la aplicación STORM desde la página de la Superintendencia de Sociedades.

Ingresar la información de la empresa, incluyendo NIT sin puntos ni dígito de verificación.

Seleccionar el sistema que implementa (SAGRILAFT, PTEE o ambos).

Diligenciar el formulario 5810 con los datos del oficial de cumplimiento.

Generar el archivo CTR y cargarlo en la plataforma de la Superintendencia.

Adjuntar documentos adicionales, como el acta de nombramiento y certificaciones del oficial de cumplimiento.

El incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanciones económicas de hasta 200 SMMLV en el caso del SAGRILAFT y 200,000 SMMLV en el PTEE.

Errores Frecuentes y Sanciones por Incumplimiento

El incumplimiento de los sistemas de cumplimiento normativo puede generar sanciones severas. Algunas razones comunes por las que las empresas han sido multadas incluyen:

❌ No contar con un oficial de cumplimiento o designar a alguien sin la experiencia adecuada.

❌ No actualizar la información del oficial de cumplimiento en el Reporte 58.

❌ No realizar la debida diligencia en la gestión de riesgos.

❌ Incumplimiento de los plazos de presentación de reportes.

En 2024, las sanciones impuestas por la Superintendencia de Sociedades han alcanzado cifras de hasta 650 millones de pesos por incumplimientos en SAGRILAFT y 1,300 millones de pesos por fallos en la implementación del PTEE.

Es fundamental que las empresas verifiquen constantemente su obligación de presentar estos reportes y realicen los ajustes necesarios para evitar sanciones.

Conclusión: La Importancia del Cumplimiento Normativo

El cumplimiento de normativas como SAGRILAFT, PTEE y la correcta presentación del Reporte 58 no solo evita sanciones, sino que también fortalece la reputación y la transparencia de las empresas.

Cada organización debe asegurarse de contar con un oficial de cumplimiento capacitado, mantener sus reportes actualizados y adoptar una cultura organizacional basada en la ética y la prevención de riesgos.

Las empresas que no cumplan con estos requerimientos no solo enfrentan multas económicas, sino que también pueden perder la confianza de sus inversionistas, clientes y aliados estratégicos.

📌 Recomendación Final: Si su empresa está obligada a presentar el Reporte 58 y aún no lo ha hecho, es clave realizar el proceso lo antes posible para evitar sanciones.

¿Está tu empresa preparada para cumplir con las exigencias de SAGRILAFT y PTEE, o está en riesgo de recibir sanciones por incumplimiento?

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