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Obligación de implementar el SARLAFT - Resolución 2328 de Supertransporte

Escrito por: Catalina Lozano | Fecha de publicación: 07 de junio de 2025

Un análisis conciso de la obligación de implementar el SARLAFT para las empresas de transporte en Colombia y el rol crucial del oficial de cumplimiento bajo la Resolución 2328 de 2021.

El sector transporte, eje fundamental de la economía colombiana, es inherentemente vulnerable al lavado de activos (LA) y la financiación del terrorismo (FT). El movimiento constante de personas, mercancías y capitales lo convierte en un objetivo atractivo para el crimen organizado. Ante esta realidad, la Superintendencia de Transporte ha reforzado el marco regulatorio con la Resolución 2328 de 2021, un hito que obliga a un amplio espectro de empresas a implementar el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT).

Esta resolución no es solo una norma; es una estrategia vital para que las empresas de transporte protejan su integridad, reputación y sostenibilidad, contribuyendo activamente a un ecosistema económico más transparente. En el centro de esta defensa se encuentra el oficial de cumplimiento, cuya pericia y diligencia son esenciales para la eficacia del SARLAFT en esta industria.


El Sector Transporte: Un Punto Ciego para el Crimen Organizado

La necesidad de la Resolución 2328 se basa en la vulnerabilidad intrínseca del sector transporte. Los riesgos de LA/FT se manifiestan de diversas formas:

  • Manejo de Efectivo: El volumen de transacciones en efectivo en el transporte de pasajeros y carga puede ser usado para legitimar fondos ilícitos.
  • Logística y Cadenas de Suministro: Las empresas de carga pueden ser instrumentalizadas para el contrabando o el transporte de bienes ilegales.
  • Empresas de Fachada: Se pueden crear o adquirir compañías de transporte para simular operaciones legítimas, justificando movimientos de dinero ilegal.
  • Flujos Internacionales: Las operaciones transfronterizas facilitan el movimiento de capitales ilícitos a través de diversas jurisdicciones.
  • Corrupción: La interacción en puntos de control o aduanas puede generar oportunidades para sobornos y colusión.
  • Financiación del Terrorismo: El transporte puede ser un medio para movilizar recursos, armas o personal para actividades terroristas.

Estas vulnerabilidades exigían una respuesta regulatoria firme, que llegó con la implementación del SARLAFT.


La Resolución 2328 de 2021: Un Mandato Claro

La Resolución 2328 de 2021 de la Superintendencia de Transporte establece el "Sistema Integral para la Prevención y el Control del Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SIPLAFT)". Aunque el nombre es más amplio, el enfoque principal para el sector transporte es la adaptación y aplicación de los principios del SARLAFT.

¿Quiénes están obligados?

La resolución aplica a los vigilados por la Superintendencia de Transporte que cumplen con umbrales de ingresos o activos específicos (generalmente, ingresos brutos anuales iguales o superiores a 30.000 SMMLV al 31 de diciembre del año anterior). Esto incluye, pero no se limita a:

  • Empresas de transporte terrestre de pasajeros, carga y especial.
  • Empresas de transporte masivo.
  • Concesionarios viales.
  • Operadores portuarios y marítimos.
  • Empresas de transporte fluvial y aéreo bajo supervisión de la Supertransporte.

También existe un régimen de medidas mínimas para empresas con umbrales menores, lo que demuestra un alcance amplio.

Componentes Esenciales del SARLAFT según la Resolución 2328:

La implementación exige una estructura robusta con elementos clave:

  1. Políticas y Procedimientos: Directrices escritas para el conocimiento de clientes (KYC), empleados (KYE), proveedores (KYP), socios y productos/servicios.
  2. Debida Diligencia (DD) y Debida Diligencia Intensificada (DDI): Verificación de la identidad y la información de todas las contrapartes, con un nivel de escrutinio mayor para las de alto riesgo.
  3. Matriz de Riesgo: Herramienta dinámica para identificar, medir y evaluar los riesgos de LA/FT específicos de la empresa.
  4. Señales de Alerta y Tipologías: Capacitación para reconocer transacciones o situaciones inusuales que puedan indicar LA/FT.
  5. Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS): Mecanismos para reportar a la UIAF cualquier operación inusual sin justificación económica o legal.
  6. Estructura Organizacional: Designación de un oficial de cumplimiento principal y suplente con la autonomía necesaria.
  7. Infraestructura Tecnológica: Herramientas para el monitoreo, la verificación y la generación de reportes.
  8. Capacitación: Programas continuos para todo el personal sobre los riesgos de LA/FT y sus responsabilidades.
  9. Auditoría y Revisión: Evaluaciones periódicas de la eficacia del sistema.
  10. Conservación Documental: Mantenimiento adecuado de toda la documentación relacionada con la gestión del riesgo.

El Oficial de Cumplimiento: Guardián de la Integridad en el Transporte

El oficial de cumplimiento es la figura central para que la Resolución 2328 tenga efecto. Sus responsabilidades son amplias y cruciales:

  • Diseño e Implementación: Lidera la creación y puesta en marcha de todo el SARLAFT.
  • Monitoreo y Seguimiento: Vigila el funcionamiento del sistema e identifica riesgos.
  • Coordinación y Comunicación: Sirve como enlace con la UIAF y la Superintendencia de Transporte.
  • Reportes: Prepara y envía los ROS y otros informes requeridos.
  • Capacitación: Diseña y supervisa los programas de formación internos.
  • Asesoría a la Alta Dirección: Informa regularmente sobre la gestión del riesgo y las mejoras necesarias.

Para cumplir con estas funciones, el oficial de cumplimiento debe tener experiencia, conocimientos en LA/FT y, sobre todo, independencia y autonomía para actuar sin presiones indebidas. Su dedicación y compromiso son indispensables para proteger la empresa y el sector de ser instrumentalizados por el crimen.

Desafíos y la Ruta Hacia el Cumplimiento Efectivo

La implementación del SARLAFT en el sector transporte no está exenta de desafíos:

  • Cultura Organizacional: Transformar una cultura reactiva a una proactiva en gestión de riesgos.
  • Diversidad Operacional: Adaptar el sistema a las múltiples modalidades y complejidades del transporte.
  • Manejo de Efectivo: La gestión de grandes flujos de efectivo dificulta la trazabilidad.
  • Tecnología y Recursos: La inversión en soluciones tecnológicas y la asignación de personal calificado pueden ser un reto.
  • Conocimiento de Contrapartes: La verificación de la debida diligencia de clientes y proveedores en un sector tan diverso.

Para superarlos, las empresas deben adoptar mejores prácticas: un compromiso firme de la alta dirección, la realización de análisis de riesgo detallados, la inversión en tecnología adecuada, la capacitación continua del personal, el fortalecimiento del rol del oficial de cumplimiento, y un monitoreo y auditoría constantes.

Conclusión: Un Sector Transporte Más Seguro y Transparente

La Resolución 2328 de la Superintendencia de Transporte es una pieza fundamental en la estrategia nacional contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo. Su implementación no solo es una obligación legal, sino una oportunidad para que el sector transporte colombiano eleve sus estándares de integridad y confianza. El oficial de cumplimiento, en este escenario, es el arquitecto y guardián de esta transformación, asegurando que cada operación de transporte contribuya a un futuro económico legítimo y seguro para todos.

La seguridad del transporte no solo se mide en kilómetros recorridos, sino en la solidez de sus sistemas de cumplimiento y la visión de sus oficiales.

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